Rescato de la Página del Lector del diario La Prensa, del 30 de nociembre de 2012, el siguiente comentario de Fernando Gómez Arbeláez respecto al fallo de la Corte Internacional de Justicia sobre la frontera entre Colombia y Nicaragua que afecta a Panamá. No existe un vínculo directo al artículo.
La nota “CIJ cambia la frontera de Nicaragua y Colombia”, publicada en en la edición de La Prensa del pasado 20 de noviembre, sobre la sentencia de fondo dictada el día anterior por la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en el caso “Disputa territorial y marítima” entre Nicaragua y Colombia, omite señalar una nueva situación que para Panamá es de máxima importancia: los efectos que esta sentencia internacional produce con respecto a las fronteras marítimas de nuestro país en el mar Caribe.
En su decisión, la cual es obligatoria, definitiva e inapelable, la Corte ha determinado desde su sede en La Haya que áreas extensas de las zonas de plataforma continental y de explotación económica exclusiva, que Panamá consideraba como colombianas y colindantes con las zonas panameñas, no pertenecen a Colombia. Bajo el criterio de que sus zonas marítimas compartían un límite común, Panamá y Colombia suscribieron en 1976 el Tratado sobre Delimitación de Áreas Marinas y Submarinas que demarcó la frontera marítima entre ambos países. No obstante, a partir del 19 de noviembre de 2012, cerca de la mitad de esa frontera en el mar Caribe ha quedado anulada por la decisión de la Corte. Si bien una sentencia de la CIJ es, en principio, solo obligatoria para los Estados partes del respectivo caso, es frecuente que los intereses de terceros Estados como Panamá queden afectados por la sentencia. Al negarle a Colombia un amplio sector de las zonas marítimas con las que Panamá colindaba en el mar Caribe, la Corte implica que en ese sector no puede existir una frontera marítima colombo-panameña.
Las consecuencias para Panamá de la eventual sentencia en este caso fueron advertidas hace años por el suscrito en diversas publicaciones (“Colombia y Nicaragua en La Haya”, La Prensa, 12/2007; “Nuestros vecinos en conflicto”, “Nuestra frontera marítima en peligro” y “Tregua en Santo Domingo”, Panamá América, 10/2006, 12/2007 y 3/2008, respectivamente). En ellas exhortaba: “No dejemos para última hora una defensa nacional que después, por incapacidad y negligencia, nos puede costar territorial y económicamente en grande”.
Encontraba entonces necesario “que Panamá reaccione y se prepare ante la inminencia de una sentencia de fondo, considerando incluso participar como Estado interviniente en La Haya para exponer ante la Corte su posición y sus títulos de soberanía”. Las autoridades ignoraron las advertencias y nuestro país se desentendió por completo del caso. Panamá nunca intervino para defender sus intereses marítimos, como permite el Estatuto de la CIJ en situaciones de terceros Estados con similares intereses de orden jurídico.
La sentencia ha sido dictada. Como resultado del injustificable abandono de gobiernos panameños, ahora le toca a Panamá negociar una nueva frontera marítima en el mar Caribe no solo con Colombia, sino también con Nicaragua.
FERNANDO GÓMEZ ARBELÁEZ
ABOGADO
Panamá pierde frontera marítima
La nota “CIJ cambia la frontera de Nicaragua y Colombia”, publicada en en la edición de La Prensa del pasado 20 de noviembre, sobre la sentencia de fondo dictada el día anterior por la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en el caso “Disputa territorial y marítima” entre Nicaragua y Colombia, omite señalar una nueva situación que para Panamá es de máxima importancia: los efectos que esta sentencia internacional produce con respecto a las fronteras marítimas de nuestro país en el mar Caribe.
En su decisión, la cual es obligatoria, definitiva e inapelable, la Corte ha determinado desde su sede en La Haya que áreas extensas de las zonas de plataforma continental y de explotación económica exclusiva, que Panamá consideraba como colombianas y colindantes con las zonas panameñas, no pertenecen a Colombia. Bajo el criterio de que sus zonas marítimas compartían un límite común, Panamá y Colombia suscribieron en 1976 el Tratado sobre Delimitación de Áreas Marinas y Submarinas que demarcó la frontera marítima entre ambos países. No obstante, a partir del 19 de noviembre de 2012, cerca de la mitad de esa frontera en el mar Caribe ha quedado anulada por la decisión de la Corte. Si bien una sentencia de la CIJ es, en principio, solo obligatoria para los Estados partes del respectivo caso, es frecuente que los intereses de terceros Estados como Panamá queden afectados por la sentencia. Al negarle a Colombia un amplio sector de las zonas marítimas con las que Panamá colindaba en el mar Caribe, la Corte implica que en ese sector no puede existir una frontera marítima colombo-panameña.
Las consecuencias para Panamá de la eventual sentencia en este caso fueron advertidas hace años por el suscrito en diversas publicaciones (“Colombia y Nicaragua en La Haya”, La Prensa, 12/2007; “Nuestros vecinos en conflicto”, “Nuestra frontera marítima en peligro” y “Tregua en Santo Domingo”, Panamá América, 10/2006, 12/2007 y 3/2008, respectivamente). En ellas exhortaba: “No dejemos para última hora una defensa nacional que después, por incapacidad y negligencia, nos puede costar territorial y económicamente en grande”.
Encontraba entonces necesario “que Panamá reaccione y se prepare ante la inminencia de una sentencia de fondo, considerando incluso participar como Estado interviniente en La Haya para exponer ante la Corte su posición y sus títulos de soberanía”. Las autoridades ignoraron las advertencias y nuestro país se desentendió por completo del caso. Panamá nunca intervino para defender sus intereses marítimos, como permite el Estatuto de la CIJ en situaciones de terceros Estados con similares intereses de orden jurídico.
La sentencia ha sido dictada. Como resultado del injustificable abandono de gobiernos panameños, ahora le toca a Panamá negociar una nueva frontera marítima en el mar Caribe no solo con Colombia, sino también con Nicaragua.
FERNANDO GÓMEZ ARBELÁEZ
ABOGADO
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